La becaria Reema Moussa ha contribuido a este artículo.
A medida que las agencias gubernamentales utilizan cada vez más herramientas digitales para rastrear a ciudadanos e inmigrantes, necesitamos utilizar la Ley de Libertad de Información (FOIA) para que esa vigilancia sea transparente. Pero mientras el gobierno abre sus bases de datos al escrutinio público, también debe proteger la privacidad individual.
A finales del mes pasado, el Tribunal de Apelación del Segundo Circuito dictaminó que el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de Estados Unidos (ICE, por sus siglas en inglés) debe ser transparente y respetar la intimidad presentando datos no identificados sobre cómo detiene, clasifica, retiene y expulsa a los inmigrantes. El tribunal coincidió con el demandante American Civil Liberties Union (ACLU) en que el ICE también debe sustituir los números de identificación de extranjero (A-Numbers), exentos de la FOIA porque identificarían a inmigrantes individuales, por identificadores únicos pero aleatorios.
Según el tribunal, esto permite al público "rastrear datos relativos a extranjeros individuales no identificados". Sostuvo que, puesto que el ICE puede utilizar un número A para obtener todos los registros de sus bases de datos sobre un inmigrante, el público también puede hacerlo, respetando al mismo tiempo la intimidad de esa persona. El Tribunal consideró que esta sustitución de identificadores únicos "no altera el contenido de ningún registro" (no exigido por la FOIA), "sino que sólo preserva la función informática necesaria para permitir el acceso del público" (exigido por la FOIA). El tribunal citó muchos ejemplos del informe amicus curiae de la EFF de otros tribunales que ordenan al gobierno utilizar tales "técnicas de anonimización", incluidos identificadores únicos, difuminado de rostros en vídeos y codificación de datos identificativos.
El Segundo Circuito también citó y estuvo de acuerdo con el amicus curiae de la EFF en que las Enmiendas E-FOIA requerían que el ICE sustituyera los identificadores únicos porque esa es la "forma o formato" que ACLU solicitó y es "fácilmente reproducible". ACLU incluso proporcionó las sencillas líneas de código que el ICE podía ejecutar para sustituir los números A exentos. El tribunal explicó que el Congreso "esperaba que las agencias tomaran medidas razonables para efectuar la recuperación en la forma o formato solicitados, incluso si eso requería alguna conversión de datos."